La acreditación de seguridad aeroportuaria obligatoria en los aeropuertos: AVSEC.

La acreditación de seguridad aeroportuaria obligatoria
Aviation Security.

La acreditación de seguridad aeroportuaria obligatoria. AVSEC: aviation security.

La acreditación de seguridad aeroportuaria obligatoria, la formación AVSEC, les la acreditación de seguridad aeroportuaria obligatoria desde el 2013 en todos los aeropuertos españoles.Todo el que trabaje en un aeropuerto debe poseer un certificado acreditativo de haber superado esta formación.

Con la intención de primero acotar el campo en el que nos desenvolvemos, lo primero es señalar que en España la Ley 21/2003, de Seguridad Aérea , ampara la elaboración del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil (PNS) y crea la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) como único organismo nacional garante del cumplimiento del PNS. Esto lo hace por medio de dos programas concretos: el PNC (Programa Nacional de Control de Calidad de Seguridad de la Aviación Civil) y del PNF (Programa Nacional de Formación sobre Seguridad de la Aviación Civil). Desde el año 2013 es obligatoria la formación AVSEC en todos los aeropuertos españoles.

El objetivo perseguido por el conjunto de los organismos implicados, es implicar a todo el personal acreditado en los aeropuertos en la mejora del control sobre posibles actos ilícitos y la prevención de situaciones de riesgo.

¿Qué es AVSEC?
AVSEC es el acrónimo de Aviation Security. Hace referencia al conjunto de medidas de prevención y control de la seguridad en todas las actividades relacionadas con los recintos aeroportuarios y de Navegación Aérea.

¿Quién que precisa recibir la formación básica de concienciación AVSEC?
Toda persona que vaya a desarrollar su actividad en la Zona Restringida de Seguridad de un aeropuerto por un periodo igual o superior a treinta días, estará obligada a superar el Curso Básico de Concienciación en Seguridad Aeroportuaria de la Aviación Civil. Así demostrar conocer, comprender y asumir los conceptos transmitidos. Éste es un requisito imprescindible para poder disponer de la Tarjeta de Acreditación Aeroportuaria.

Esta obligatoriedad afecta desde el propio personal del aeropuerto hasta los miembros de seguridad (privada, o Fuerzas de Seguridad del Estado), así como el personal de restauración, tiendas, agencias, empresas de paquetería, catering, suministros, contratas de obras y mantenimientos, asistencias técnicas, etc.

¿Quién puede impartir la formación en concienciación AVSEC?
Esta formación solo puede ser impartida por Formadores AVSEC que estén debidamente acreditados por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Los formadores AVSEC pueden estar acreditados para impartir la formación en uno o varios de los grupos específicos de personal, emitiendo certificados específicos en cada caso:

Grupo A: Guardia Civil y Seguridad Privada
Grupo B: CNP; Gestores aeroportuarios, Proveedores de servicios, Líneas aéreas, Asistencia en tierra, Agentes acreditados de carga, Proveedores de catering y limpieza, Personal de aduanas
Grupo C: Empresas, entidades u organismos oficiales cuyo personal desarrolla su actividad en el aeropuerto, Aviación general, Proveedores conocidos de suministros y provisiones, Agentes acreditados de carga.

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